Hierbabuena Revista

Colombia ratificó entrega de medicamentos de cannabis para todos los afiliados al sistema de salud 

La medida del gobierno colombiano obliga a las Entidades Promotoras de Salud a incluir los principios activos, Delta 9 Tetrahidrocannabinol y Cannabidiol, dentro de los tratamientos autorizados

Hierbabuena Revista – sitema Informativo –

Formulación medica de cannabis

Bogotá D.C., 2 de enero de 2023.- Con la firma de la Resolución 2808 de 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia, ratificó que todos los afiliados al sistema de salud del país podrán acceder a la entrega de fórmulas magistrales y medicamentos fabricados con los principios activos del cannabis, a través de las Entidades Promotoras de Salud, EPS. 

La norma establece los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación, UPC, que deberán ser garantizados por las EPS a sus afiliados en las condiciones de calidad establecidas por la normatividad vigente.   

Justamente allí quedaron consignados el Delta 9 Tetrahidrocannabinol y el Cannabidiol, dos de los principios activos más estudiados del cannabis, para que puedan ser prescritos y suministrados a cualquier afiliado del régimen de salud, en todas sus concentraciones y formas farmacéuticas. 

Resolución 2808 de 2022

En Colombia ya se había autorizado la prescripción y financiación de dichos principios activos mediante la Resolución 2292 del 23 de diciembre de 2021, sin embargo, el gobierno anterior, en una de sus últimas directrices desde el Ministerio de Salud, suspendió la cobertura de las preparaciones magistrales con cannabis, dos meses antes de finalizar el mandato. 

“Se basaron en una definición de fórmula magistral antigua y genérica que no tiene nada que ver con la definición particular de preparación magistral con cannabis establecida en el Decreto 811… entonces el Ministerio decide limitar por completo el universo de las preparaciones magistrales diciendo que como no son reformulaciones, no tiene autorización por parte del Invima”, explicó a Hierbabuena Revista, Juan Diego Álvarez, director de Clínica Zarenia. 

En ese sentido, el pasado 14 de octubre, el actual viceministro de Salud Pública y Protección Social, Jaime Urrego, le dijo a este medio que el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud, IETS, la agencia estatal encargada de estudiar el valor de los medicamentos y su fundamento científico ya estaba avanzando en la consolidación de evidencia que permitirá contrastar la situación.

“El país ya ha venido avanzando en la utilización de derivados y de productos de cannabis medicinal, sin embargo, se está haciendo una actualización a través del IETS, que permita darle mayor fundamento a la disposición y distribución de estos medicamentos… una vez el IETS entregue el concepto, continuará el Ministerio en esa ruta, estamos alrededor de unos dos meses”, informó el viceministro.   

Cabe resaltar que todos los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC, han surtido los procesos de Evaluación de Tecnologías en Salud, ETES, análisis de grupos terapéuticos o del mercado, o análisis de tecnologías derivadas de recomendaciones de Guías de Práctica Clínica, incluidos los principios activos del cannabis autorizados en la Resolución 2808, del 30 de diciembre de 2022. 

En ese sentido, tanto los medicamentos de cannabis avalados actualmente por el Invima, Sativex y Procaps, como las fórmulas magistrales a base de sus principios activos, deberán ser garantizados por las EPS o las entidades que hagan sus veces, “con cargo a los recursos que reciben para tal fin, en todas las fases de la atención, para todas las enfermedades y condiciones clínicas, sin que trámites de carácter administrativo se conviertan en barreras para el acceso efectivo al derecho a la salud”, definió el acto administrativo. 

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De igual manera, determinó que la financiación con recursos de la UPC a preparaciones magistrales a base de derivados de cannabis, procederá únicamente cuando sean prescritas en cumplimiento con lo dispuesto en la norma, cumplan la normatividad vigente aplicable a ese tipo de preparaciones y sean prescritas por profesionales de la salud. 

Para tal fin, la Resolución 2808 de 2022, creó un reporte exclusivo denominado "Registro tipo 9 — Registro de detalle para el reconocimiento de Preparaciones magistrales a base de cannabis, con recursos de la UPC”, que permitirá el reporte de prescripción y dispensación de preparaciones magistrales a base de cannabis por parte de las EPS.

Allí se deberá registrar la información completa de cada caso, los criterios, procedimientos, requisitos y obligaciones descritas en la solicitud de información a las entidades promotoras de salud, de tal manera que se garantice el estudio de suficiencia y los mecanismos de ajuste de riesgo para el cálculo de la UPC.  

Tanto IPS como EPS deberán mantener actualizados sus correspondientes programas de farmacovigilancia y específicamente en lo correspondiente a la prescripción y uso de preparaciones magistrales a base de derivados de cannabis, para lo cual deberán estar atentos y dispuestos a la entrega de la información de seguimiento a posibles eventos adversos, a la entidad gubernamental que los solicite, incluyendo al Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud, IETS, para el desarrollo de sus procesos de revisión sistemática de evidencia de efectividad y seguridad. 

Además de las formulaciones magistrales, dos medicamentos a base de cannabis son legales en Colombia, ya que cuentan con el debido registro como medicamento ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima. El primero de ellos es Sativex, una solución bucal que se utiliza para mejorar los síntomas relacionados con la rigidez muscular, también denominada espasticidad en la esclerosis múltiple; y el otro es un producto a base de CBD desarrollado por la farmacéutica colombiana Procaps. 

Lea la Resolución completa haciendo clic aquí.

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Mayor Felix Clavijo