Negligencia administrativa y desacató a una orden judicial, serían algunas de las conductas irregulares de la entidad al momento de autorizar el ingreso de la bebida energizante al país
Hierbabuena Revista – Sistema Informativo –
Bogotá D.C., 19 de septiembre de 2022.- Luego de iniciar en 2014 el trámite para la obtención del registro sanitario de la bebida energizante, Cannabis Energy Drink, y pasados ocho años de trámites y diligencias en el marco de la solicitud, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, concedió a la empresa colombiana NookDrinks, el Registro Sanitario para dicha bebida por un término de cinco años.
“Emitieron una Resolución que no tiene nada de raro, somos conscientes que somos una bebida energizante como otras que ya existen en el mercado, cada marca tiene su personaje distintivo, desde toros y monstruos, hasta nosotros que somos Cannabis Energy Drink, sin embargo, dentro de la argumentación para este acto administrativo nunca incluyeron la norma de cannabis, es decir, no era necesaria la reglamentación en materia de cannabis, simplemente se debía cumplir con la normativa de alimentos para poder ingresar el producto al país”, comentó a hierbabuena Revista, Milton Cruz, CEO y representante legal de NookDrinks, importador autorizado de Cannabis Energy Drink para Colombia.
El empresario explicó que la bebida en cuestión es fabricada en Holanda cumpliendo con todos los requisitos y estándares de calidad de la Unión Europea, sin embargo, la autoridad sanitaria de Colombia le negó la entrada al país desde el 2014, sin tener encuenta el marco legal internacional referente a los usos de la semilla del cáñamo y argumentando que se trataba de una bebida con componentes psicoactivos.
Aquí está la primera irregularidad del Invima, pues impidió y dilató el debido proceso para obtener el Registro Sanitario del producto, a pesar que en el Articulo 28, numeral dos, de la Convención Única de Estupefacientes de las Naciones Unidas, se indica que los controles y la fiscalización establecidos en dicho tratado, no se aplicarán al cultivo del cannabis con fines industriales, entendido este como la producción de fibras y semillas de cáñamo.
“Por lo tanto los usos del cáñamo jamás han sido prohibidos por ninguna ley, la convención de estupefacientes que es la que fiscaliza los narcóticos y estupefacientes, no tiene en consideración en las listas de control a la semilla de cáñamo, sus fibras ni demás derivados”, subrayó Cruz.
Al revisar el Codex Alimentarius de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, FAO, se evidencia que la semilla de cáñamo contiene extractos de ácidos grasos saturados y poliinsaturados, entre los que están el ácido linolénico y el linoleico, siendo catalogada como un super alimento con propiedades nutritivas comparables a las de la quinua y la chía, y cuyos componentes químicos son considerados como aromatizantes, más no psicoactivos.
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Tú marca a un clic“También está el reglamento único de alimentos, que es un reglamento técnico para evitar los obstáculos entre países, este reglamento dice que para alimentos importados se permite el uso de los ingredientes aprobados en los Codex Alimentarius, entonces para alimentos importados ya existía una normatividad y en Colombia no se le quería aplicar por parte del Invima”, resaltó el representante de la bebida.
En ese sentido, la compañía solicitó al Fondo Nacional de Estupefacientes, autoridad competente en el país en términos de control y fiscalización de sustancias, su concepto sobre el manejo del producto para descartar que los componentes estuviesen restringidos o fueran sujetos de control, a lo que la entidad respondió que no era de su competencia porque no contiene Tetrahidrocannabinol, THC, único componente del cánnabis fiscalizado; de igual manera, el Ministerio de Salud, desde la Dirección de Medicamentos, dijo que el producto es una bebida energizante más no un medicamento, por lo que el Invima es la autoridad competente para el tema.
Una vez desvirtuado el argumento de los componentes fiscalizados en la bebida, el acceso al Registro Sanitario se dilató nuevamente, esta vez argumentando que en Colombia el uso del cannabis únicamente estaba autorizado con fines medicinales, por lo que se debía esperar la expedición de las normas para usos industriales como marco legal de referencia para el caso.
Luego de sortear todo tipo de trámites ante la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas del Invima y demás entidades públicas involucradas en el control de productos para consumo humano, en 2018, Cruz inició una serie de acciones de tutela para poder radicar la documentación y recibir una respuesta oficial de la entidad mediante un acto administrativo, sin embargo, el proceso también se dilató durante más de dos años y cuatro acciones de tutela, hasta que en 2021, un juez de la República, declaró violación al debido proceso y ordenó al Invima que permitiera el acceso legal al trámite.
Aquí la segunda irregularidad de la autoridad sanitaria colombiana, pues sin importar la orden proferida por el juez “el Invima desacata argumentando que no se ha reglamentado en la materia, para no hacerse responsables de los daños y perjuicios derivados de la arbitrariedad y las conductas irregulares cometidas, iniciamos proceso de desacato, también presentamos las respectivas denuncias ante Fiscalía, sin embargo, el proceso tampoco avanzó hasta la llegada del nuevo gobierno”, anotó Cruz.
De acuerdo con Samuel Barrera, asesor jurídico de la compañía, en el Artículo dos del Decreto 811 de 2021, se incorpora como objeto reglamentar Ia evaluación, seguimiento y control de las actividades de importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, disposición final y uso de semillas para siembra, componente vegetal, grano y derivados no psicoactivos de cannabis para fines industriales, hortícolas y alimenticios, en el marco de la Convención de Estupefacientes de 1961 y su Protocolo de Modificaciones de 1972, aprobada mediante la Ley 13 de 1974.
Por su parte, el CEO NookDrinks, terminó enfatizando que gracias al apoyo de la actual Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, se logró la aprobación del Registro Sanitario para la bebida energizante, Cannabis Energy Drink, pues a través de comunicación escrita solicitó al Invima la admisión y debido proceso del registro.
El trámite administrativo que derivo en el Registro Sanitario expedido recientemente, transcurrió en dos semanas y según informó Cruz, se presentaron exactamente los mismos documentos que buscó radicar desde el 2014.